Decreto y ejecución de las medidas preventivas en el arbitraje
Palabras clave:
Árbitros, medidas cautelares, garantíaResumen
Se ha recogido en estas páginas, la evidencia del afán innovador del legislador patrio y la máxima expresión de libertad en el ordenamiento jurídico venezolano, para con la conducta procesal del árbitro, al estar abierta la posibilidad de incursionar en nuevas interpretaciones que puedan cambiar sustancialmente, la concepción misma de su discrecionalidad, en el decreto de Medidas Cautelares. La ausencia de los límites o el alcance de sus facultades, dentro de la normativa procesal, motiva el planteamiento siguiente, sin otra intención que examinar la autoridad del Juzgador, frente a la norma que la sustenta. Para lograr estas aspiraciones, se ha señalado como objetivo general su análisis, mediante el examen de las exigencias necesarias para su ejercicio, y así, determinar los límites del administrador de justicia ad hoc, en toda su magnitud jurídica, todo bajo la incuestionable influencia del principio de interés social. Al efecto, se apeló a la metodología operatoria del proceso de investigación documental, como instrumento de conocimiento y apoyada en el diseño descriptivo, para darle respuesta a la problemática en cuestión, fundamentada en criterios del Tribunal Supremo de Justicia venezolano, la Constitución Nacional y de procesalistas patrios como Ricardo Henriquez La Roche. Este estudio logró precisar que el decreto de las medidas preventivas por parte del tribunal arbitral, garantiza el derecho a la defensa, por lo que su total aceptación, sería un paso hacia adelante, en la consecución del debido proceso.