CAUSACIÓN DE INTERESES EN LOS REINTEGROS DE CRÉDITOS FISCALES A LOS EXPORTADORES

Autores/as

  • León, Léryda Instituto de Desarrollo Profesional (IDEPRO), Venezuela. Autor/a

Palabras clave:

Impuesto al Valor Agregado, Recuperación de Créditos Fiscales, Certificados Especiales de Reintegro Tributario.

Resumen

El objetivo de la presente investigación, estuvo centrado en determinar la causación de intereses ante la falta de una respuesta oportuna por parte de la Administración Tributaria a las solicitudes de reintegros de créditos fiscales efectuadas por los exportadores, al efecto la metodología utilizada se fundamentó en la revisión documental y la aplicación de un instrumento de recolección constituido por un guión de entrevista. Se consideraron opiniones expuestas por tratadistas, tales como: Fraga (2006), Carmona (2005), Alfonzo (2004), Belisario (2010), Brewer-Carías (2010), entre otros. Como resultado, la investigadora alcanzó las siguientes conclusiones: multiplicidad de textos legales contienen algunas normas referidas a este proceso pero, éstas deben sujetarse a las
disposiciones establecidas en la Constitución Bolivariana de Venezuela, atendiendo al principio de supremacía constitucional. Asimismo, son de aplicación y observancia las normas contenidas en el Código Orgánico Tributario, en la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos, complementándose con el Código Civil, entre otras. El proceso de recuperación de tributos debería cumplirse de manera estricta, respetando los lapsos establecidos en las disposiciones tributarias. Sin embargo, se ha convertido en un
proceso lleno de obstáculos, requisitos repetitivos y un considerable retardo, que en nada colabora en el proceso de reactivación económica requerida por el país, normas de rango inferior violatorias y desconocedoras del principio de supremacía constitucional, interfieren y retardan el proceso, convirtiéndolo en detrimento del contribuyente exportador, el cual soporta todo el peso económico; formalismos que vulneran el derecho a la legítima defensa, el derecho de compensación de las deudas sostenidas contra el Tesoro
Nacional, se desconoce el derecho a obtener una oportuna y adecuada respuesta, el proceso culmina al expedirse los Certificados de Reintegro Tributario, pero no hay un límite preestablecido para tal fin, todo obra en atención a la discrecionalidad del funcionario actuante.

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Publicado

2011-07-11

Número

Sección

Artículos