La eficacia en la inspección y control del buque frente al estado rector del puerto en Venezuela

Autores/as

  • Jean Franco Arcaya Urbina Universidad de Falcón, Venezuela Autor/a

Palabras clave:

Eficacia, Inspección, Control, Buque, Inspector naval, Estado Rector del Puerto.

Resumen

En el marco de la aprobación de la Ley general de marinas y actividades conexas (Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, 2002), así como los diversos convenios y resoluciones aprobados por la OMI, suscritos por Venezuela en relación a la inspección y control del buque frente al Estado Rector del Puerto, se ha avanzado en la prevención de los riesgos propios de la travesía marítima. Sin embargo, algunos autores han coincidido en que el Estado no ha tomado las medidas suficientes para garantizar la eficacia en la inspección de los buques que ingresan a puertos venezolanos, con base en que la cantidad de inspectores no son suficientes y por no contar con un marco normativo uniforme que integre totalmente todos los mecanismos de inspección y controles del buque. Se realizó una investigación de tipo descriptiva con un diseño documental, teniendo como objetivo general: analizar la eficacia en la inspección y control del buque frente al Estado Rector del Puerto en Venezuela, en virtud de la necesidad de establecer lineamientos para darle cumplimiento a los convenios internacionales sobre la materia, en lo cual se concluyó que el INEA es la autoridad marítima responsable de tales inspecciones, no obstante, no se cuenta con dispositivos que integren en una sola ley los procedimientos y alcances de dichas inspecciones. Para ello se analizaron los diversos convenios sobre la materia, teniendo como resultado la necesidad de aplicar con urgencia las disposiciones del código de buenas prácticas y la actualización de los inspectores navales bajo los recientes cursos modelo OMI. Finalmente, la investigación ofrece un aporte a las autoridades marítimas nacionales, armadores y compañías navieras, en virtud de que les permite conocer las formas y mecanismos para ejecutar los procedimientos de inspección del buque y las formas de actuación del inspector naval, previniendo cualquier irregularidad como consecuencia de la función administrativa.

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Publicado

2013-09-10

Número

Sección

Artículos